Llegó el 2022 y con él vienen nuevas tarifas para el transporte público colectivo de Villavicencio. Así lo informó la Secretaría de Movilidad del municipio, entidad que confirmó que a través del Decreto 475, el gobierno local autorizó el incremento de la tarifa para el servicio público de colectiva en la capital del Meta.
Tras la autorización, /a tarifa total del servicio de bus en 2022 será de dos mil doscientos pesos ($2.200), en el perímetro urbano de Villavicencio, incluido La Nohora.
En cuanto a las tarifas especiales para las veredas, corregimientos y zonas aledañas autorizadas, en la modalidad de busetas y microbus, quedan así:
TARIFA PARA LAS ZONAS RURALES | |
VEREDA, CORREGIMIENTO O ZONA ALEDANA | TARIFA |
Aeropuerto | 2,300 |
Jardines del Uano | 2,600 |
Ver eda Contadero | 2,600 |
Vereda Buena Vista | 3,200 |
vereda Servi ta | 3,200 |
Vereda la Ceci lia | 2,300 |
Unilla nos | 2,300 |
Base Aerea | 2,300 |
Vereda de Apiay | 2,300 |
Vereda Ba reelona | 2,400 |
Vereda la Uanerita | 3,600 |
Vereda Bel la Suiza | 2,800 |
Mol ino lmproarroz | 2,700 |
El Hachon | 2,700 |
Vereda El Cocuy | 3,000 |
Vereda Santa Rosa | 3,600 |
Vereda Pompeya Alto y Bajo | 9,000 |
Vereda La Cuncia | 3,000 |
Las tarifas establecidas tanto para el casco urbano como para las veredas, corregimientos o zonas aledañas autorizadas, serán las mismas para todos las vehículos sin importar el modelo.
Para efectuar el cobro de las tarifas total o resultante y especiales, los vehículos deberán portar 02 calcomanías que contengan los nuevos precios, las cuales serán suministradas por las empresas de transporte, y deben estar ubicadas en la parte externa de la puerta principal de ingreso al vehículo (tarifa visible desde el exterior del vehículo y en el interior del mismo (tarifa visible desde el interior del vehículo cuando este se desplace con la puerta cerrada).
El vehículo de transporte público colectivo que no porte las calcomanías de que trata este artículo de manera íntegra, visible y legible para los pasajeros, se le aplicarán las sanciones correspondientes.
Para efectos del presente decreto, se definen los limites del area urbana del municipio de Villavicencio, así:
- Vía Puerto López a la altura de la estaci6n de servicio ESSO, doscientos metros adelante del’ puente sobre el Rio Ocoa, incluyendo los Barrios Juan Pablo II, Villa Hermosa y Balmoral.
- Vía Acacías a la altura de la Urbanizaci6n Gramalote a Mil Cien Metros (1.100 Mts) adelante de. la entrada a Ciudad Porfía (el área urbana incluye Ciudad Porfía, La Madrid y barrios circunvecinos.)
- Vía Restrepo a la altura de la Glorieta de las Arpas (ef area urbana incluye la glorieta, la via que comunica desde la glorieta hasta el Aeropuerto Vanguardia y el Aeropuerto).
- Vía Antigua a Restrepo a la altura de la Estación de Servicio El Cimarrón a Mil Doscientos Metros (1.200 Mts) delante de la entrada al Hotel del Llano.
- Vía antigua a Bogotá a la altura del Barrio Nueva Granada.
- Vía nueva a Bogotá a la altura de la entrada al Tunel de Buenavista sentido Bogotá – Villavicencio (punto de control Policía de Carreteras).
- Vía Catama a la altura de la entrada al sector de la Reliquia (incluye la Reliquia, 13 de mayo y Betty Camacho).
La Secretaría de Movilidad del municipio será la encargada de vigilar el cumplimiento de lo previsto en el presente decreto, e iniciará las investigaciones y aplicara las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento.
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